SUBSECRETARIA DE VINCULACION Y TRANSFERENCIA TECNOLOGICA
PROPIEDAD INTELECTUAL Y MARCA REGISTRADA
Objetivo:
Resumen Descriptivo: Las pautas para llevar a cabo el trámite de propiedad intelectual son las siguientes:
El registro de una marca concede a su titular, la exclusividad de uso por 10 años, este puede ser una persona física o jurídica, argentina o extranjera, otorgado por la Dirección Nacional de Marcas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial ( I.N.P.I. )Para iniciar el proceso es aconsejable realizar primero, una búsqueda de respaldo en la Sección de Información del I.N.P.I., para confirmar que la misma marca u otra similar no haya sido concedida o solicitada para su registro. Una vez realizada la referida investigación, se debe completar una Solicitud de Registro de Marca, y abonarse un arancel de Pesos DOSCIENTOS ($ 200,00.-) (variando según el tamaño del logo en las marcas figurativas y mixtas) Las solicitudes son minuciosamente examinadas para asegurar que cumplen con los términos de la Ley 22.362, y con el Decreto Reglamentario 558/81, modificado por el 1141/03. Una vez que este proceso ha sido completado y la solicitud cumple con todos los requisitos de la legislación vigente, la solicitud es concedida y el titular puede obtener el Título a la Marca Registrada expedido por el I.N.P.I. |
Subsecretaria de Vinculacion y Transferencias Tecnologicas
- Novedades
- Objetivos del área
- Emprendedores
- Proyectos
- Servicios a terceros
- Propiedad intelectual y marca registrada
Editorial Cientifica Universitaria
SISTEMA DE GESTION
|
|